La Escuela Nacional Central de Agricultura -ENCA- de conformidad con lo establecido en el Decreto 57-2008 del Congreso de la República “Ley de Acceso a la Información Pública”, con el fin de garantizar la transparencia en el manejo y ejecución de los recursos y actos de administración pública, brinda por este medio la información pública de oficio que como sujeto obligado debe mantener, actualizada y disponible.
ARTICULO 41. Solicitud de información.
Todo acceso a la información pública se realizará a petición del interesado, en la que se consignarán los siguientes datos:
1. Identificación del sujeto obligado a quien se dirija; 2. Identificación del solicitante; y, 3. Identificación clara y precisa de la información que se solicita.
La solicitud de información no estará sujeta a ninguna otra formalidad, ni podrá exigirse la manifestación de una razón o interés específico como requisito de la misma.